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Una de las peculiaridades de Riegos del Alto Aragón es la aplicación en el Regadío, y tras acuerdo con la C.H.E, de una tarifa binómica. Esto es, nº de hectáreas de Regadío y m3 consumidos, de forma que el 50% lo ingresa la superficie, y el otro 50% por cada m3 consumido. Esta medida puesta en funcionamiento en el año    fue implementada con la finalidad de fomentar un consumo responsable del agua de riego.

Qué se paga y por que
Los usuarios del Sistema de Riegos del Alto Aragón deben satisfacer anualmente a la C.H.E., dos tipos de liquidación:

Canon de regulación
El Canon de Regulación se refiere a las mejoras producidas por las obras hidráulicas de regulación. La propuesta que realiza la Confederación es de aplicación a las aguas reguladas por los embalses de Mediano y El Grado. Es un pago que se debe asociar con la Hectárea (propiedad)

Tarifas
Las Tarifas de utilización del Agua se refieren al aprovechamiento o disponibilidad del agua, hecho posible por las obras hidráulicas de conducción específicas (canales y colectores) que se debería asignar al que utiliza el agua.

Como se calculan

La cuantía de cada una de las liquidaciones (canon y tarifa) se fija sumando lo siguiente:
a) El total previsto de gasto de funcionamiento y conservación de las obras realizadas
b) Los gastos de administración imputables a las obras
c) El coste de inversiones realizadas por el Estado

De las cantidades correspondientes a los apartados a y b del canon de regulación, un 30% los afronta el Estado ya que también es beneficiario de las obras de regulación, por laminación de avenidas y los demás beneficios generales que aportan.

A los efectos del cálculo de las cantidades de los apartados a y b se reparten entre los beneficiarios actuales.

Las cantidades resultantes del apartado c se reparten entre los usuarios actuales y previsibles.

Los aprovechamientos previstos como afectados por las obras son:

Superficie de riego: 175.000 ha. en tarifas y 172.773 ha en canon
Abastecimientos
Aprovechamientos hidroeléctricos.

El gasto general se reparte entre los distintos usuarios en razón del beneficio teórico medio atribuible a la regulación del agua, para cada uso.

Cada usuario declara el número de unidades con las que participa:

- Regadío: nº de hectáreas considerando una dotación de 8.000 m3/Ha, o bien el consumo del año anterior.
- Abastecimiento e industria: m3 consumidos el año anterior.
- Hidroeléctricos: Kwh producidos el año anterior.


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